El 25 de marzo la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha absuelto a tres empresarios de Gandia (Valencia) que vendían por internet hojas de tabaco sin procesar importadas desde Bulgaria.

El TSJCV tras estudiar el caso, ha confirmado la decisión de la Audiencia en aplicación de la doctrina del TS sobre supuestos similares, pues el producto comercializado, que se distribuía a los clientes mediante mensajería, no estaba sometido a un proceso de transformación industrial y solo podía ser consumido tras una operación de picado por parte del consumidor final

a las ventas de picadura se une un competidor «ilegal»

Como ya publicamos a finales de diciembre (pulse aquí para ver la noticia extendida) Esta sentencia (núm.: 2788/2017) puso fin a la duda que generaba el asunto tras la primera del Tribunal Supremo de 2019 por lo que todavía había tribunales que admitían dicho delito de contrabando impulsados por la Agencia tributaria y la Abogacía del Estado .

Tras esa sentencia se crea jurisprudencia y deberá ser el legislativo el que cambie la ley que afecta a dicha materia tal y como hizo nuestro vecino Portugal.

El comercio ilícito del tabaco supuso, en 2019, una pérdida de 270 millones, que afecta tanto a la recaudación tributaria del Estado como a las Comunidades Autónomas, aparte de afectar directamente a la sociedad por la ausencia de controles de calidad y seguridad en esos productos ilegales, la facilidad de acceso de los menores de edad al tabaco y por la financiación de otras actividades ilícitas.

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